La Corte Constitucional de Colombia ordena que en los colegios se enseñe que el aborto es un derecho

En Colombia se ha generado una gran polémica por la decisión de la Corte Constitucional de ordenar al Estado colombiano proveer información en los colegios sobre los tres casos en los cuales las mujeres pueden practicarse la interrupción voluntaria del embarazo. La Iglesia Católica descalificó la decisión de los magistrados de ordenar que en los colegios se enseñe a los jóvenes prácticas abortistas. El Ministerio de Educación advirtió que acatará la decisión, pero dijo que hay que evaluar la medida en los colegios católicos.

Publicado el 2009-10-21 08:24:00

(BWN/InfoCatólica) En una reciente sentencia, la Corte recordó que las mujeres pueden solicitar a las instituciones de salud que les practique un aborto en los casos en los cuales medie una violación, la malformación del feto o exista el riesgo para la vida de la madre.

La polémica se suscitó porque la Corte ordenó que los Ministerios de la Protección Social y de Educación, la Procuraduría General y la Defensoría deben adelantar campañas para promover los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, entre ellos la posibilidad de la interrupción del embarazo en los casos autorizados.

Una vez conocida la sentencia, la Iglesia Católica la rechazó. El secretario de la Conferencia Episcopal Colombiana, monseñor Juan Vicente Córdoba, recordó que el aborto debe considerarse como un delito.

"Querida Corte Constitucional le pido en nombre de Dios y en nombre de la Iglesia que se restrinjan a sus niveles judiciales y que no vayan más allá, porque quienes han metido el aborto en Colombia tienen que darle cuenta a Dios", dijo monseñor Córdoba.

La postura de la Iglesia Católica es compartida por las comunidades eclesiales evangélicas y los que profesan la religión judía, según dijo el secretario de la Conferencia Episcopal.

El magistrado de la Corte Constitucional, Humberto Sierra Porto reiteró que "las autoridades judiciales no pueden alegar la objeción de conciencia para abstenerse de autorizar solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo".

Sostuvo que "ningún médico puede exigir orden judicial previa para proceder a efectuar la interrupción del embarazo. Esta práctica resulta inadmisible y viola los derechos constitucionales de la mujer".

De la misma manera, la Corte dio un plazo de tres meses a los Ministerios de Educación y de Protección Social para elaborar un plan nacional de promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres

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